En una sentencia conocida este viernes, el Juzgado 35 administrativo del Circuito de Medellín, decidió negar las pretensiones del sindicato SIMPRO de castigar al Alcalde Daniel Quintero, porque asumían que la demanda contra los constructores de Hidroituango violaban las normas del gobierno corporativo de EPM.
En la sentencia el Juzgado afirma que Quintero no fue responsable de la demandada violación puesto que para el momento de la demanda la gerencia de las Empresas Públicas de Medellín, estaba a cargo de Álvaro Guillermo Rendón, quien acudió a los requerimientos del Tribunal y era la persona autorizada para todos los trámites concernientes a la demanda.
Con esta se suma una nueva derrota tanto para el sindicado SIMPRO como para un sector político que tomó partido a favor de las empresas pero en detrimento de los derechos de los ciudadanos de Medellín y de Antioquia y Colombia que se ven afectados por las irregularidades en la construcción de Hidroituango.